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¿Estas embarazada o de licencia por enfermedad y estas suspendida en el trabajo por motivo del COVID-19? Estas informaciones son importante para ti.

Monday, 15 June 2020
¿Estas embarazada? La Seguridad Social reconoce los meses que estuvieron suspendidos por COVID-19 para el cálculo de los beneficios de los subsidios por maternidad, lactancia y enfermedad común.  El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) emitió la resolución No. 494-05 donde aprueba el reconocimiento de los periodos correspondientes a la suspensión de los contratos de trabajo y de cobertura dispuesto por las resoluciones del CNSS No. 492-01 y No. 493-01, en atención al "Estado de Emergencia de Salud Publica de Importancia Internacional", debido al Coronavirus, como parte de los meses exigibles para el otorgamiento de los beneficios del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.  Esta resolución aplica para todos los trabajadores y sus dependientes beneficiados por las resoluciones citadas. ¿Cómo se hará el calculo? Para el cálculo del monto de Subsidio por Enfermedad Común se tomará en cuenta el promedio de los últimos 6 meses de salario, real y efectivamente cotizados anteriores a la incapacidad, es decir, sin tomar en cuenta los periodos correspondiente a la suspensión de los contratos de trabajo. Para el pago del Subsidio por Maternidad y Lactancia se tomará en cuenta el último salario cotizable anterior a la licencia prenatal o anterior al parto, lo que ocurra primero, sin tomar en cuenta los periodos correspondiente a la suspensión de los contratos de trabajo.       

Nélsida Marmolejos afirma afiliados suspendidos de labores por los efectos del COVID-19, continuarán recibiendo las prestaciones contempladas en el Seguro Familiar de Salud (SFS) en el mes de junio

Tuesday, 02 June 2020
SANTO DOMINGO. Se estima que alrededor de 733 mil afiliados al Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS) del Régimen Contributivo, incluidos los trabajadores y sus dependientes, que sus empleadores no están haciendo aportes a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) por causa de los efectos COVID-19, continuarán recibiendo las prestaciones de salud contempladas en el Seguro Familiar de Salud (SFS) en el mes de junio, fruto de la resolución No. 493-01 emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) que amplía el plazo para otorgar estos servicios. Nélsida Marmolejos, titular de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), en declaración de prensa, informó a todos los afiliados que sus empleadores se encontraban al día con el pago a la Tesorería de la Seguridad Social al pasado mes de febrero, que tienen garantizada el trabajador y sus dependientes las atenciones médicas establecidas en el Plan de Servicios de Salud (PDSS) incluyendo las derivadas del COVID-19 por un plazo de 30 días más a partir del primero de junio. La directora de la entidad defensora de los derechos de los afiliados saludó lo pertinente de esta resolución ya que permite continuar otorgando los servicios a quienes no se le está aportando a la TSS por razones como, suspensión de contratos de trabajo, atrasos en los pagos por parte de los empleadores, desvinculación, etc.; siempre que su empleador estuviera cotizando por ellos en el mes de febrero pasado. “En este momento donde la salud es lo más importante, el Sistema a través de la TSS ha continuado dispersando religiosamente la cápita correspondiente a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), que se estima que asciende a más de RD$856 millones de pesos mensuales, para que le sean garantizas las coberturas de salud de manera oportuna a los afiliados  aun cuando sus empleadores no se están cotizando por ellos”, expresó Marmolejos. La titular de la DIDA, Nélsida Marmolejos, recordó que al inicio de la pandemia como apoyo al fondo de asistencia de la emergencia social y económica fue destinado de los fondos acumulados para la protección en el trabajo y reservas técnicas del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales IDOPPRIL la suma de 12 mil millones de pesos, que serían utilizados además para la protección en salud de los más necesitados. Marmolejos concluyó exhortándole a la población a que si necesitan alguna información o le niegan cualquier beneficio establecido en el SDSS se comuniquen a la DIDA a través de la vía telefónica 809 472-1900, Web www.dida.gob.do (Servicios en Línea), Correo Electrónico y Redes Sociales.   Departamento de Comunicaciones

DIDA califica positivo medidas adoptada por IDOPPRIL, avalada por la SISALRIL

Tuesday, 26 May 2020
SANTO DOMINGO. Como positiva calificó la Directora General de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) la medida adoptada por el Instituto Dominicano de Prevención y Protección  de Riesgos Laborales (IDOPPRIL) y avalada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) de reconocer como Riesgo Laboral las afecciones del personal expuesto al COVID-19 por el ejercicio de sus funciones. Por la alta incidencia de la afección que se ha registrado entre los trabajadores de la salud, agentes de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, entre otros la DIDA solicitó al IDOPPRIL a mediados de abril pasado que se adoptaran la misma como enfermedad profesional. “Consideramos necesario que desde el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) sea declarado el SARS COV-2 (COVID-19) como una enfermedad profesional y su cobertura sea garantizada a través del Instituto Dominicano de Prevención  y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL)” explicó la titular de la Institución Nélsida Marmolejos en su declaración. “Debe servirnos de referente que otros Estados ya han realizado este reconocimiento y en el caso nuestro, el vigente Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales contempla el amparo contra riesgos biológicos; razón por la cual la protección por los efectos del SARS COV-2 (COVID-19) quedaría amparada en el actual listado de enfermedades profesionales, enlistada en el numeral como: 110) Enfermedades ocasionadas por riesgos considerados de origen Biológico. Así concluye la comunicación remitida al IDOPPRIL en abril del presente año”    “Esta tipificación beneficia a este personal con una mayor cobertura como es 100% en las atenciones médicas sin pagos de diferencia, prestaciones económicas en caso de discapacidad temporal de 75% del salario del trabajador hasta un tope de 4 Salarios Mínimo Nacional, indemnización en caso que corresponda y pensión de sobrevivencia para los dependientes si el trabajador fallece, entre otros beneficios otorgados por este seguro”. Dijo Marmolejos. Al mismo tiempo la DIDA reiteró el llamado de las autoridades en el sentido de acatar los protocolos de prevención del virus, como es la higiene, mantener la distancia física, el uso permanente de mascarillas, pero sobre todo a evitar la exposición innecesaria  en las calles. Marmolejos ratificó que en el caso de las personas que necesiten servicios inmediatos de la institución, los pueden obtenerlo a través de nuestro Centro de Asistencia Telefónica 809-472-1900 opción 4 y de nuestros  canales digitales (Pagina Web, Redes Sociales, Correo Electrónico)   Departamento de Comunicaciones de la DIDA

DIDA valora medidas adoptadas por SISALRIL para reducir gastos de bolsillos

Thursday, 07 May 2020
  SANTO DOMINGO. Como un alivio para la población calificó la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) las medidas que han adoptado la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), las Administradoras de Riesgos de salud (ARS)  y los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) de la Seguridad Social, las que propician reducción de gastos de bolsillo y facilidades de acceso a servicios que de manera recurrente requieren los afiliados que tienen la desgracia de estar afectado por el virus lo que disminuye en muchos casos su ya maltrecha economía. Marmolejos se refirió a los gastos de bolsillo que los ciudadanos se vieron compelidos a realizar al inicio y en el trascurso de la pandemia, a las múltiples demandas de los afiliados del Seguro Familiar de Salud (SFS) tramitadas por la institución a los organismos competentes que respondieron tomando medidas como las adoptadas por la SISALRIL, lo cual saludamos porque contribuyen a fortalecer la garantía del Sistema y la protección social en el país. Citamos:   Cobertura 100% de las pruebas PCR para confirmación del COVID-19 a los afiliados del Régimen Contributivo, Subsidiado, no afiliados a ningún régimen y los incluidos en los Planes Especiales y los Planes Complementarios y Voluntarios de Salud”, sin copago mientras perdure la emergencia epidemiológica;  El reembolso por las pruebas para detección del COVID-19 facturadas desde el 18 de marzo y hasta el momento que se autorizó la cobertura de esta prueba;   La ampliación de la red de prestadores de servicios de salud (médicos, clínicas, laboratorios y hospitales) para los afiliados que padecen de la enfermedad; La eliminación de copagos (diferencias) por atenciones en internamiento,  Validación para las farmacias de las recetas médicas prescriptas de forma ambulatoria, tanto en formato impreso como en digital, exceptuando en esta última modalidad, los medicamentos de sustancias controladas. Que los pacientes con enfermedades crónicas no tengan que interrumpir sus tratamientos porque podrán obtener sus medicamentos con las recetas anteriores; y Incremento de tarifas a médicos especialistas (neumólogo, infectólogos, internistas, intensivistas) que atienden directamente a pacientes con el virus en áreas de aislamiento y agilización de flujo de pagos de las ARS, hacia los PSS, entre otras medidas administrativas que favorecen a los afiliados al Seguro Familiar de Salud y a la población en sentido general. “La institución se ha mantenido y continuará vigilante, tramitando las quejas de los afiliados e informando situaciones que pudieran ser lesivas para la población en un momento donde nos enfrentamos a un enemigo mundial, como es el COVID-19” expreso Marmolejos. Concluyó su declaración informando a toda la población que la DIDA continúa ofreciendo todos sus servicios a través de la vía telefónica, Página Web (Servicios en Línea), Correo Electrónico y Redes Sociales por lo que exhorta a las afiliados a cumplir con los protocolos de aislamiento social establecidos por el gobierno para reducir la curva de contagio de este virus.   Departamento de Comunicaciones  DIDA