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Wednesday, 02 September 2020 14:36

2da. versión Carta Compromiso al Ciudadano DIDA

Les presentamos la 2da. Versión de la Carta Compromiso al Ciudadano aprobada por el Ministerio de Administración Pública en el 2019.

Esta versión entró en vigencia en noviembre 2019, antes de promulgada la Ley 13-20 el pasado mes de febrero que fortalece la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y la Dirección General de Información y Defensa del Afiliado (DIDA), modifica el recargo por mora en los pagos al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y además el esquema de comisiones aplicados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Esta ley tiene por objeto fortalecer el rol y la capacidad gerencial y funcional de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).  El Artículo 5. De la citada ley modifica artículo 29 de la Ley No.87-01, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, y define a la DIDA como una entidad pública autónoma y descentralizada, adscrita al Ministerio de Trabajo, dotada de personalidad jurídica, a cargo de la provisión de información y gestión de reclamos y quejas de los afiliados.

Dentro de las funciones concedidas en la Ley 13-20 se encuentran Promover el Sistema Dominicano de Seguridad Social e informar a los afiliados sobre sus derechos y deberes, Recibir reclamaciones y quejas, así como tramitarlas y darles seguimiento hasta su resolución final, asesorar, acompañar y promover asistencia jurídica a los afiliados en sus recursos amigables contenciosos, realizar estudios sobre la calidad y oportunidad de los servicios de las Administradoras de servicios de salud, pensiones y riesgos laborales y medir la calidad y oportunidad en la entrega de prestaciones e informaciones a los afiliados.

Hasta ese momento la DIDA estaba definida como una dependencia técnica del Consejo Nacional de la seguridad Social (CNSS) dotada de presupuesto definido y autonomía operativa según el artículo 29 de la Ley 87-01.

Accede a la Carta a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3hTLJlk 

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Mediante la Ley 13-20 que fortalece la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), modifica el recargo por mora en los pagos al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y modifica el esquema de comisiones aplicados por la Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), lo que permite que los empleadores puedan realizar acuerdos de pago, garantizando así que sus empleados puedan recibir los beneficios establecidos en las Leyes 87-01 y 13-20.

Accede al siguiente enlace para conocer el instructivo de solicitud de Acuerdo de Pago en virtud de Ley 13-20: 

https://www.tss.gov.do/assets/inst_acuerdo_pago2020c.pdf 

 

Departamento Comunicaciones DIDA

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Provincia Espaillat. Maestros de la Escuela de la Diversidad, en el municipio de Moca, conocen los derechos establecidos en el Seguro Familiar de Salud (SFS) en el marco de la charla realizada por el Lcdo. Raúl Silvestre Rodríguez, técnico de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Oficina Provincial Santiago de los Caballeros.

En su disertación, Silvestre destacó los procedimientos para solicitar el Subsidio por Maternidad y Lactancia, estableció la diferencia entre accidente de tránsito y accidente del trabajo, informo sobre lo que deben hacer los afiliado si le cobran honorarios médicos por encima de lo establecido, depósitos, cobro en emergencias, material gastable, entro otros beneficios establecidos en Plan de Servicios de Salud (PDSS). “Estas situaciones son irregulares, por lo que el afiliado debe comunicarse directamente a la Administradora de Servicios de salud donde se encuentran afiliados, si no reciben respuesta satisfactoria, deben acudir inmediatamente a la DIDA” Explicó el técnico.

Dentro de los materiales educativos distribuidos en la referida actividad, esta “La Carta de Derecho del Régimen Contributivo” donde se establece de manera sucinta cuáles son las prestaciones establecidas por le Ley 87-01 en materia de salud, (Subsidios por Enfermedad Común, Maternidad y Lactancia, Programa de Prevención y Promoción de la Salud, Consultas, Medicamentos Ambulatorios, Partos, Cesarías,   Coberturas de Atenciones de Alto Costo, Cirugía) documento que se encuentra de la Página Web de la DIDA y que pueden acceder a través del siguiente link  http://www.dida.gob.do/index.php/publicaciones/category/25-folletos

En otro orden, el técnico de la DIDA Raúl Silvestre, explicó sobre los alcances de la Ley 13-20, el fortalecimiento y la capacidad gerencial y jurídica que le otorga a la DIDA y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), la modificación de los recargos y moras, además el esquema de las comisiones aplicada a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), situación que se traduce en mayor acceso y mayores beneficios para los afiliados al SDSS.  http://www.dida.gob.do/index.php/marco-legal/category/15-leyes

 

Si necesita más información o te han negado uno de estos beneficios llama o  visita una de nuestras oficinas ubicadas a nivel nacional  http://www.dida.gob.do/index.php/contacto  o accede a todos nuestros servicios en línea: http://www.dida.gob.do/index.php/servicios

 

 

 

 

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San Francisco de Macorís. Maestros  y  personal de apoyo del  Liceo Secundario Rafael Tomas Fernández Domínguez, de la comunidad de Madeja en San Francisco de Macorís,  recibieron  orientaciones sobre  Ley 13-20, que modifica la Ley 87-01, la cual fortalece el rol y la capacidad gerencial de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA)  y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), les otorga personalidad Jurídica y presupuesto propio.

Otros aspecto relevantes de esta Ley es la modificación del recargo por mora en los pagos al SDSS, lo cual beneficia a cientos de miles de afilados que por sus empleadores tener una deuda por este concepto no podían acceder a los beneficios y prestaciones en salud, pensiones y riesgos laborales. Además modifica el esquema de comisiones aplicados por las Administradoras de Fondo de Pensiones, otra reivindicación a favor de los afiliados.

Bernabel Matos, encargado de la Oficina Provincial  San Francisco de Macorís en esa localidad, conversó  además con los docentes  sobre el Seguro de Pensión a través del  Instituto Nacional Bienestar Magisterial (INABIMA), exclusivo para el sector educativo del Ministerio de Educación.

Esta oficina está ubicada en la calle Colon, Esquina Salome Ureña, Plaza Universo, Local 104, 1re. Nivel, Tel. 809-725-5950, además se puede acceder a todos los  servicios en línea a través del siguiente  http://www.dida.gob.do/index.php/servicios

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