La titular de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social DIDA, Carolina Serrata Méndez, saluda la acogida del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) a la comunicación enviada por la entidad que dirige el pasado 29 de diciembre donde solicita la extensión de cobertura en salud a los trabajadores protegidos por el Programa FASE I y sus dependientes directos y adicionales.
En la misiva dirigida al Ministro de Trabajo y presidente del CNSS, Luis Miguel de Camps, la titular de la entidad solicitó a ese honorable consejo extender la cobertura de los servicios de salud a los afiliados del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS) hasta el mes de abril de este año, en consonancia con el decreto 742-20 emitido por el primer mandatario de la nación, Luis Abinader Corona, donde dispone mantener la vigencia del programa temporal de ayuda, Fase I, hasta abril del 2021.
“Nos sentimos satisfechos por la acogida del ministro de trabajo y presidente del CNSS, Luis Miguel de Camps y los demás miembros de ese consejo para garantizar que miles de trabajadores y sus dependientes directos y adicionales puedan tener la cobertura en salud en un momento de crisis sanitaria mundial. Es nuestro compromiso, la defensa de los derechos de los afiliados al Sistema Dominicano de la Seguridad Social” dijo Serrata Méndez
El Consejo Nacional de la Seguridad Social CNSS, a través de la resolución No. 511-01 dispuso extender la cobertura de salud hasta el 31 de enero del presente año.
La Directora General de la DIDA, Carolina Serreta Méndez, recibió al presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Rafael Abreu (PEPE), acompañado del Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago SITRACORAASAN, José Eduardo Domínguez, además de Jesús María Gil y Jhonatán Ramón Mateo.
En el encuentro realizado en el despacho de la titular de la entidad, acordaron fortalecer las relaciones entre el sector que representa a los trabajadores en el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), los sindicatos y la entidad que promueve el Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS) y defiende los derechos de los afiliados, la DIDA.
Santo Domingo. Colaboradores de la DIDA fueron orientados sobre el cáncer de mama a través del Webinar titulado “Prevención y detección temprana de cáncer de mama”.
Las orientaciones fueron ofrecidas por la Doctora Gisela Bencosme, endocrinóloga y la lic. Pilar Caro de Benítez, representantes de la Asociación Mujeres Solidaria, institución sin fines de lucro, creada para apoyar a mujeres sobrevivientes, diagnosticadas con cáncer de mama y colaborar en el diagnóstico temprano de esta enfermedad.
Las consideraciones de las especialistas estuvieron enfocadas a los aspectos clínicos y psicológicos de esta enfermedad y la forma de detección temprana.
Las palabras de bienvenida fueron ofrecidas por la Directora General a de la DIDA, Lic. Carolina Serrata, quien por primera vez se dirigió a más de 80 colaboradores de la institución, agradeciendo su interacción y participación en dicha actividad.
“Para nosotros es un grato placer estar con todos ustedes un día tan importante como hoy en especial para nosotras las mujeres quienes estamos luchando permanentemente con el cáncer de mama. Recordar que más del 35% de las mujeres que le detectan cáncer son menores de 50 años y más de un 70% son diagnosticadas en etapa avanzada; es por esto que la DIDA ha querido ofrecer esta charla e invitar a estas dos profesionales para que nos ayude concientizar a nuestros hombres y mujeres sobre la importancia de la prevención y detección a tiempo de cualquier síntoma” asentó.
Seguridad Social
Según lo que establece la Resolución 375-09 emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) tienen cobertura de un millón de pesos por evento por año en enfermedades de alto costo, como está clasificada la enfermedad en el Grupo 9 del Catálogo de Prestaciones del Plan De Servicios de Salud (PDSS). El afiliado con esta condición, cuenta además con una cobertura de 90 mil pesos anuales en medicamentos coadyuvantes.
SANTO DOMINGO.-La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) consideró oportuna la Resolución 505-02 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) que mantiene la concesión de la cobertura de salud a los trabajadores suspendidos, a sus dependientes directos y adicionales por causa de la Pandemia de la Covid-19.
La decisión fue tomada en la reunión del organismo celebrada este miércoles 30 de septiembre en cuya agenda figuraba la solicitud de la directora general de la DIDA, Carolina Serrata Méndez, requiriendo que se continuaran garantizando las coberturas de los servicios de salud a los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) como se ha estado haciendo hasta ahora.
En la carta dirigida al presidente del Consejo y Ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, Serrata requirió su intervención para la extensión de la cobertura de los servicios de salud prevista a vencer el 30 de septiembre.
La encargada de defender los derechos de los afiliados de la seguridad social recordó a los miembros del CNSS la urgente necesidad de que el máximo organismo se pronuncie sobre la protección de los gastos médicos derivados de accidentes de tránsito y las demás prestaciones establecidas en la Ley 87-01, especialmente las relacionadas con las Pensiones de Sobrevivencia.
Se estima que cerca de 400 mil trabajadores, conjuntamente con sus dependientes directos y adicionales, carecerían de servicios de salud debido a la crisis originada por la pandemia que ha ocasionado el cierre de múltiples empresas sin una resolución al respecto.
La DIDA recomendó a los trabajadores beneficiarios de la Resolución 505-02 que, en caso de tener alguna dificultad para recibir las coberturas de salud, lo informen a sus Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) o acudan a sus oficinas. También pueden contactar con la institución llamando a su Centro de Asistencia Telefónica 809-472-1900, opción 4 o a sus canales digitales: Pagina Web, Redes Sociales, Correo Electrónico.
Departamento de Comunicaciones
SANTO DOMINGO. Carolina Serrata Méndez fue juramentada por el presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Luis Miguel De Camps, como titular de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), en la sesión de hoy del máximo organismo rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
La licenciada Serrata fue escogida para la posición de una terna presentada al Poder Ejecutivo por el CNSS, y nombrada por el presidente de la República, Luis Abinader, mediante el decreto 477-20 emitido el 18 de septiembre del corriente.
La nueva directora de la DIDA es licenciada en Derecho egresada de esa carrera en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra en el año 2007, Master de Grado en Derecho Procesal Penal y Máster en Ciencias Políticas, ha realizado estudios en temas como la constitución y derechos fundamentales en la Universidad Complutense de Madrid. Ha aquilatado experiencia en el área de litigios en las materias: Penal, laboral, Civil, Comercial, Derecho de Familia y Derecho Electoral.
Serrata ha combinado la carrera de Derecho con la carrera política. Es miembro de la Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM) donde es la Primera vicepresidenta de la Juventud Revolucionaria Moderno (JRM); es la mujer más Joven de la cúpula perremeista.
El ministro de trabajo y presidente del CNSS, Luis Miguel De Camps, pronunció algunas palabras destacando las cualidades humanas y profesionales de Serrata.
Dijo además que la próxima semana propondra al CNSS una serie de recomendaciones que de ser aprobadas presentara al presidente Luis Abinader en interés de que se otorguen las justas pensiones a los trabajadores que les correspondan.
Carolina Serrata agradeció al presidente Luis Abinader su designación en la DIDA al tiempo de comprometerse a defender con compromiso social los derechos de los afiliados comenzando por dedicar los primeros días de su gestión a fortalecer la propuesta del mandatario de afiliar dos millones de dominicanos antes de finalizar este año.
En el mismo acto también fueron juramentados el Gerente General y la subgerente General del CNSS, licenciado Felix Aracena Vargas y Marilyn Lissette Rodriguez Castillo y el tesorero de la Seguridad Social (TSS), ingeniero Henry Sahdalá.
SANTO DOMINGO.-El Ministerio de Administración Pública (MAP) realizó una Encuesta Virtual de Satisfacción Ciudadana a la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), la cual arrojó que el 94 % de los encuestados se siente satisfecho con los servicios de la institución.
La encuesta realizada durante el mes de agosto, fue publicada en el Portal del Observatorio Nacional de la Calidad de los Servicios Públicos. Se recuerda que es la segunda vez que la DIDA recibe el beneplácito de los usuarios de sus servicios recibiendo en el año 2015 el Premio a la Excelencia en el Servicio Público concedido por el MAP.
La institución defensora de los afiliados del SDSS siente gran satisfacción por la valoración de los usuarios al trabajo realizado durante sus 18 años de entrega y compromiso.
Al respecto la directora Nélsida Marmolejos manifestó que: “Para nosotros es motivo de orgullo esta valoración la cual ha sido sostenida en el tiempo, ya que es trascendental que en momentos en que los servicios han sido diezmados por la pandemia en todas las instituciones públicas, la DIDA ha mantenido la calidad en la entrega de todos los servicios y esta valoración hace que la institución se sienta más comprometida que nunca a garantizar, no sólo mantenerse en la preferencia de los usuarios, sino más bien superarla”.
De acuerdo a la encuesta el nivel de satisfacción general es de 94.1% de los usuarios que utilizan los servicios brindados por la institución se sienten satisfechos.
En desglose el 52.9 % dijo sentirse muy satisfecho, mientras el 24.7 asegura sentirse muy satisfecho y un 16.5% indica sentirse satisfecho. Para la categoría de poco satisfecho se obtuvo una valoración de 1.2% mientras que para nada satisfecho un 4.7%.
Cabe destacar que una encuesta de Satisfacción de Usuario auspiciada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) a través de la Contraloría, la DIDA obtuvo una valoración de un 97% de parte de los usuarios.
Tanto los datos arrojados por las encuestas auspiciadas por el MAP y el CNSS, son similares a los recogidos de los buzones de sugerencias ubicados en todas las oficinas de la DIDA a nivel nacional.
SANTO DOMINGO. La información publicada en algunos medios titulada: “Tribunal Constitucional ordena a una AFP devolver fondos de la seguridad social a una viuda”, podría interpretarse una regresión en los avances logrados en relación al derecho de pensión de los sobrevivientes de los afiliados activos del Sistema de Seguridad Social, sin discriminación por la edad del fallecido entre otras causas de negación contenidas en el Contrato Póliza de Discapacidad y Sobrevivencia, por lo que debe esperarse la emisión de la sentencia para analizar los argumentos del máximo tribunal sobre el caso.
La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) considera que de acuerdo con la noticia, parecería que se variaron criterios jurisprudenciales, ya que se revoca la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ordenó el reconocimiento de una pensión de sobrevivencia de manera retroactiva a la viuda Daysi Mejía Tejada, por el fallecimiento de su esposo Pedro Antonio Peña Valdez.
“En la referida sentencia el TSA manifiesta la ilegalidad del Contrato Póliza de Discapacidad y Sobrevivencia que contiene clausulas contrarias a la Ley 87-01 tema que ha sido expuesto por la DIDA ante el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) desde al año 2003” se destaca en una nota de prensa de la institución.
Se aclara que el caso de la señora Mejía Tejada ha sido llevado por la DIDA desde el año 2014 manteniendo la defensa del derecho de la afiliada tanto en las instancias administrativas del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) como en el Tribunal Superior Administrativo y posteriormente en el Tribunal Constitucional.
“Erróneamente en el inicio del proceso en el Tribunal Superior Administrativo, la parte accionante en amparo, incluyó la DIDA como parte accionada solicitando el otorgamiento de una pensión que dentro de su rol no le correspondía otorgar y posteriormente fue excluida tanto en el TSA como en el TC” expresa la entidad en la nota de prensa.
Indica que en el transcurso del proceso, al coincidir los argumentos de la accionante con los argumentos que la DIDA presentó en el tribunal, los abogados accionantes manifestaron que la DIDA debía pasar a formar parte de su barra.
En consecuencia “La DIDA es del criterio, tal como lo ha manifestado en todos los escenarios previsionales desde el año 2003, que en los casos de fallecimiento de cotizantes activos al SDSS debe garantizarse la pensión a los sobrevivientes, tal como se manifiesta en la Ley 87-01 y en la sentencia 331-2014 del TSA cuyos criterios y dispositivo se fundamentan en una sentencia anterior del TC, sin discriminación, por lo que la información que circula se pudiera interpretar una regresión en materia de derechos fundamentales que sólo será confirmada cuando se emita y analice la sentencia del caso referido”
Las consideraciones de la DIDA son a propósito de la información publicada este lunes de que el Tribunal Constitucional ordenó a la Administradora de Fondos de Pensiones Crecer, devolver a una viuda los aportes realizados por su extinto esposo, revocando una sentencia del 2014 que ordenaba el pago de la pensión.
SANTO DOMINGO. El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó la resolución 498-03 en fecha 03 de agosto 2020 que establece la extensión de la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS) a los trabajadores suspendidos y sus dependientes directos y adicionales desde el 1ro. al 31 agosto debido a la situación del Coronavirus, tal y como lo solicitó la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) el día 29 de julio.
En declaración de prensa, la DIDA reitera su solicitud al CNSS para que se garantice la protección en salud a los miles de trabajadores desempleados a causa de la pandemia del Covid-19, propiciando su afiliación en el Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Subsidiado del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
De igual manera, la directora de la entidad defensora de los derechos de los afiliados, remitió al CNSS que se encuentra pendiente de resolver lo relacionado con los gastos médicos derivados de accidentes de tránsito que en la actualidad no se le están cubriendo a los trabajadores suspendidos.
“En este momento si un trabajador de los que se encuentran suspendido tiene un accidente de tránsito, puede ser incluso hasta camino al supermercado, no cuenta con la cobertura de los servicios de salud a través del Fondo Nacional de Atenciones Médicas por Accidentes de Tránsito (FONAMAT)” Enfatizó Nélsida Marmolejos, Directora General de la DIDA.
Desde el mes de abril la DIDA ha estado solicitando mes por mes al CNSS la extensión de coberturas en salud para estos trabajadores y desempleados, mientras continúe la situación sanitaria y económica del país.
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES DIDA
SANTO DOMINGO. - La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) llamó a las autoridades a aplicar las previsiones de la Ley 87-01, para mantener la protección en salud a los miles de trabajadores desempleados a causa de la pandemia del Covid19, propiciando su afiliación en el Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Subsidiado del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
En comunicación dirigida al Consejo Nacional de la Seguridad (CNSS) el pasado 16 de julio, la DIDA indica que, ante los vaticinios de que la pandemia dejará sin empleos a miles de trabajadores, la ley de seguridad social tiene disposiciones ya reglamentadas que le permiten tomar decisiones al respecto y al gobierno destinar en el presupuesto las partidas al Seguro Nacional de Salud (SENASA) para los trabajadores desempleados, manteniéndoles así la protección en el SFS del Régimen Subsidiado .
Explica que el Art. 124 de la Ley 87-01 ordena que: “cuando el afiliado quede privado de un trabajo remunerado, solicitará una evaluación de su situación, a fin de determinar en cuál de los otros regímenes califica; esto independientemente de la protección temporal por 60 días de los servicios de salud que, en la práctica, aplica sólo a quienes han laborado por un período contínuo de 6 meses y sus dependientes directos”.
Al respecto, la entidad defensora de los derechos de los afiliados de la Seguridad Social exhorta al Gobierno y al Consejo, “adelantarse a los pronósticos de desprotección de los servicios del Seguro Familiar de Salud (SFS) que podría sufrir una significativa cantidad de afiliados por la pérdida del empleo a causa de la pandemia del COVID-19 y sus efectos en el ámbito laboral”.
Señala que al no existir certeza del tiempo que durará la pandemia y de sus impactos en el mercado laboral, sería contraproducente que todas esas personas quedaran sin cobertura de salud existiendo el mecanismo para protegerlas a través del Régimen Subsidiado proveyendo el Gobierno los recursos necesarios al Seguro Nacional de Salud (SENASA).
En la comunicación, la DIDA sugiere al Consejo crear un procedimiento expedito para la agilización de la afiliación al Régimen Subsidiado de los trabajadores y sus familiares, quienes serán afectados en sus servicios de salud por causa de la pandemia, sobre todo aquellos que requieran atención de alto costo.
“Se hace oportuno tomar medidas para que los trabajadores puedan ser afiliados al Régimen Subsidiado, si bien están dados los mecanismos existentes en su actual Reglamento”.
El planteamiento de la DIDA también incluye los casos especiales, de las personas con dependientes que se encuentran bajo tratamientos continuos y de alto costo,“apremia buscarle un mecanismo expedito que los suministre”.
La DIDA planteó al CNSS que se creen los mecanismos para que se dé curso a la afiliación de los trabajadores desempleados en el Régimen Subsidiado, garantizándoles así la protección prevista en la Ley 87-01 en estos casos.
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES DIDA
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) emitió Resolución No. 496-01 donde se extiende las coberturas de salud para los empleados suspendidos de su trabajo y que sus empleadores se acogieron al Programa Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE) a razón del COVID-19.
Dicha resolución extiende por 31 días adicionales íntegramente la Resolución del CNSS No. 492-01 del 03 y 07 de abril 2020, relativas a la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS), por el periodo correspondiente del 1 al 31 de julio del 2020.
Esta resolución también aprueba la extensión por 31 días, la Resolución del CNSS No. 494-05 de fecha 4 de junio del 2020, relativa al reconocimiento de los periodos correspondiente a la suspensión de los contratos de trabajo y de cobertura dispuesto por las Resoluciones del CNSS No. 492-01 del 03 y 07 de abril del 2020, la No. 493-01 del 01 de junio del 2020 y la presente resolución, respectivamente, debido a la situación del Coronavirus (COVID-19), como parte de los meses exigibles para el otorgamiento de los beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo.
Ver resolución completa en el siguiente enlace: https://bit.ly/38us4nY