Dependientes adicionales

Friday, 28 August 2020

Los dependientes adicionales son:

  

Los hijos e hijastros mayores de 18 años no estudiantes.

Los hijos e hijastros mayores de 21 años.

Madre y Padre del Titular.

Madre y Padre del Cónyuge.

(Los Hijos e hijastros deben demostrar que dependen económicamente del titular)

 

Documentación requerida para solicitar la afiliación de los hijos como dependientes adicionales:

-Copia de cédula del padre titular

-Copia de cédula del hijo que desean incluir como dependiente adicional

-Copia de acta de nacimiento del hijo que desean incluir como dependiente adicional

 

Documentación requerida para solicitar la afiliación de los padres como dependientes adicionales:

-Copia de cédulas de ambos padres

-Copia de cédula del hijo que los va a incluir como dependiente adicional

-Copia de acta de nacimiento del hijo que los va a incluir como dependientes adicionales

 

Documentación requerida para solicitar la afiliación de los suegros como dependientes adicionales:

-Copia de cédula de ambos suegros

-Copia de cédula del cónyuge

-Copia de acta de nacimiento del cónyuge

-Copia de acta de matrimonio y/o acta de unión libre del titular que los va a afiliar como dependiente adicionales

 

Pasos:

-La persona afiliada titular solicita a su empleador incluir al dependiente adicional que desea agregar al núcleo familiar en
la ARS en la que se encuentra inscrito;

-El empleador debe incluir al dependiente adicional, a fin de realizar las retenciones correspondientes;

-La persona afiliada titular deberá solicitar formalmente ante su ARS la inclusión del dependiente adicional;

-El empleador notifica a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) las novedades de su nómina; y

-Una vez registrados los nuevos ingresos, la TSS pagará a la ARS correspondiente el pago de la cápita establecida y
ésta a su vez deberá prestar los servicios.